Resolución conjunta 4/2021 – Convocatoria de trabajadores dispensados
Por medio de la Resolución conjunta 4/2021(con el Ministerio de Salud), del 09 de abril del presente, el Gobierno previó la posibilidad que los empleadores puedan convocar al retorno a la actividad laboral presencial a los trabajadores incluidos los dispensados que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos CATORCE (14) días de la inoculación.
La convocatoria no se podría aplicar a:
Personas con Inmunodeficiencias:
• Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave.
• VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable)
• Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).
Y Pacientes oncológicos y trasplantados:
• con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa.
• con tumor de órgano sólido en tratamiento.
• trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
Atte.
Martin S. Pianciola
MPA
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