El 24 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial el decreto 886/21 a través del cual el Poder Ejecutivo Nacional extendió la "emergencia ocupacional" hasta el 30 de junio de 2022, determinando un esquema de reducción gradual para el agravante indemnizatorio por despido incausado o denominado en la jerga “la doble indemnización”.
A partir del 1 de julio, dejará de aplicarse la "doble indemnización" para los despidos.
La reducción gradual de dicho incremento indemnizatorio -o la doble- fue del 75 % de la indemnización, desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 28 de febrero de 2022. Del 50 % a partir del 1 de marzo de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022; y del 25 % desde el 1 de mayo de 2022 y hasta el 30 de junio de 2022.
Esto significa simplemente que el agravante indemnizatorio no resultará aplicable para los despidos producidos a partir del 1 de julio de 2022.
El interrogante es si esta medida sera extendida, y la respuesta por ahora es que existen propuestas para su extension.
Martin Pianciola
MPA
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