A través del DNU Nro 961/2020, publicado hoy lunes 30 de noviembre de 2020 en el Boletín Oficial el Poder EJecutivo extendio la obligacion de pago de agarvante indemnizatorio hasta el 25 de enero de 2021.
La doble indemnización vencía el 17 de diciembre próximo, día en que entrará en vigencia el decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.
Su articulo Primero dice: "Amplíase hasta el 25 de enero de 2021 la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto N° 34 del 13 de diciembre de 2019 y ampliada por el Decreto N° 528 del 9 de junio de 2020 a partir del vencimiento de la vigencia de esta última norma", se afirma en el artículo primero de la medida dada a conocer hoy en el texto oficial.
Y agrega: "En consecuencia, durante la vigencia del presente decreto, en caso de despido sin justa causa, la trabajadora afectada o el trabajador afectado tendrá derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad con los términos del artículo 3° del Decreto N° 34/19 y la legislación vigente en la materia".
La medida no alcanza a aquellas personas que hayan ingresado a sus trabajos luego de decretada la emergencia sanitaria a causa de la pandemia de coronavirus ni a los empleados públicos.
Martin Pianciola
MPA